¡Chau a los especuladores! El gobierno multó a Molinos Cañuelas y a otras entidades por acordar el precio mínimo de la harina

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior multó a la empresa Molino Cañuelas y a entidades del sector harinero por “cartelización” de precios. Además de Molino Cañuelas, la empresa más importante del sector, los otros organismos multados fueron la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM), la Cámara de Industriales Molineros y la Asociación Pequeñas y Medianas Industrias Molineras.

Según la investigación realizada por Comercio entre 2014 y 2017, la empresa y los organismos pactaron “la fijación de precios mínimos de la harina e hicieron intercambio de información sensible”. De esa manera, infringieron la Ley de Defensa de la Competencia (N° 27.442), por la que no pueden pactar precios de sus productos de manera directa o indirecta.

Sobre los montos que deberán pagar, la Secretaria de Comercio informó que mientras Molino Cañuelas deberá pagar 150 millones de pesos al igual que la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM); la multa para la Cámara de Industriales Molineros (CIM) será de 93.974.602 pesos y para la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina (Apymimra) llegará a 51.131.995 de pesos.

Según el tramo final de la investigación, la compañía y las entidades vinculadas a la industria d ella harina fueron acusadas de concertar “conductas anticompetitivas dentro de un cartel institucionalizado”. Por ello, el pago de las multas deberá ser en efectivo dentro de los 10 hábiles desde la notificación, es decir que tendrán tiempo hasta el 21 de abril. Además, Comercio Interior informó que a Molino Cañuelas se le cobrará el máximo legalmente permitido, es decir, 150 millones. Si no debería haber pagado el 20 por ciento sobre sus ventas del año 2017 que llegaría a los 1.083.806.800 pesos.

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Según el texto publicado en el Boletín Oficial, la investigación comenzó con una denuncia de la firma Impulsar (Industrias Medianas y Pequeñas Unidas Locales) contra Molino Cañuelas ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. En su acusación a la FAIM se decretó que establecieron precios en base a la capacidad de molienda.

En ese punto, denunciaron que Molino Cañuelas organizaba reuniones convocadas por la FAIM donde se acordaban precios que luego debían ser acatados por los pequeños productores. Además, presentaron un documento bajo el nombre de Acuerdo General de Defensa de la Libre Competencia y que hicieron circular para todos las empresas. Dicho acuerdo habría sido firmado por más de 100 empresas.

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En la denuncia se lee que el 13 de agosto de 2015, en el marco de la denominada Fiesta de la Harina, que se organizó en el Hotel Sheraton de Buenos Aires, las cuatro partes denunciadas y 107 empresas más sellaron dicho pacto que también llamaron "Acuerdo general de la libre competencia en el sector molinero", con el que fijaron precios mínimos.

En ese punto, la parte denunciante afirmó que la FAIM "está al servicio de un oligopolio y es conducida con un estatuto que establece un mecanismo de decisión en base a la capacidad de molienda, y en consecuencia, el más grande decide y los demás acatan". Y completó: “Molino Cañuelas limita, distorsiona y restringe la libre competencia en el mercado y el desarrollo de fuentes de trabajo generadas por los pequeños y medianos molinos, esenciales para el funcionamiento y la sustentabilidad de la economía nacional".

Por su parte, la FAIM negó las acusaciones: “La resolución es groseramente arbitraria, por carecer del más básico sustento fáctico y jurídico en la medida que se está sancionando un hecho que nunca ocurrió. La resolución responde a otros intereses y recurriremos a todas las instancias judiciales para obtener un pronunciamiento judicial que ponga fin al actuar arbitrario de la Secretaria de Comercio Interior”.

En tanto, Molino Cañuelas informó a través de un comunicado: “La denuncia tiene su origen en 2015 y se formula por un acuerdo sectorial que nunca se aplicó, el cual tenía como finalidad evitar que las grandes empresas vendan por debajo del costo de producción en perjuicio de las pequeñas empresas con menor capacidad financiera. La multa impuesta resulta ilegal por infundada, irracional y exorbitante, ya que se basa en un acuerdo que nunca se aplicó, y toma como base de imposición los supuestos beneficios que habría recibido Molino Cañuelas por dicho acuerdo. Ni siquiera existió la aplicación del acuerdo que se pretende sancionar”.

Pero, más allá de su negación, en el texto oficial se lee: “El sistema de intercambio de información competitivamente sensible desarrollado por las entidades molineras solo encuentra una explicación plena en que dicho sistema constituyó durante el período investigado un mecanismo de monitoreo y control de los precios mínimos de comercialización de la harina de trigo de las empresas molineras asociadas, imprescindible para detectar incumplimientos y corregir desvíos respecto de los precios colusivamente establecidos”.

Fuente: BigBangNews